Jalisco prohibiría venta de comida 'chatarra' sólo en escuelas

El Congreso local analiza una propuesta de una diputada de Morena.. ma

Las legislaciones que pretenden restringir el acceso directo que tienen los menores de edad a la comida ‘chatarra’ y las bebidas azucaradas podrían extenderse en breve al estado de Jalisco, donde el Congreso local ya analiza una propuesta de reforma cuya aprobación abonaría al cumplimiento de ese objetivo.

Después de que el Congreso de Oaxaca aprobara el 5 de agosto la primera reforma de este tipo a nivel nacional, la bancada de Morena en el Congreso de Jalisco hizo lo propio unos días después al presentar el 13 de agosto una iniciativa con fines similares a la oaxaqueña y que actualmente valoran las comisiones de Estudios Legislativos y Reglamentos; y de Asistencia Social, Familia y Niñez.

Al igual que lo hizo el Congreso oaxaqueño, con base en la iniciativa de su diputada morenista, Magaly López Domínguez, también en el caso de Jalisco se busca modificar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para disminuir el consumo de comida ‘chatarra’ y refrescos por parte de los menores.

Sin embargo, la iniciativa de reforma que promueve Morena en Jalisco, de la autoría de la legisladora Erika Pérez García, tiene alcances más limitados que la aprobada en Oaxaca, pues mientras en el estado sureño se prohibió totalmente la venta de estos productos a los menores en cualquier circunstancia, en Jalisco lo que se busca es que esta restricción esté vigente solo en los centros educativos.

La reforma aprobada en Oaxaca adicionó el artículo 20 Bis a su Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para combatir el consumo de estos productos.

“Para la eliminación de formas de malnutrición de niñas, niños y adolescentes, se prohíben las siguientes actividades: la distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en el estado. La distribución, venta, regalo y suministro de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior”.

Oaxaca incluyó también un mandato directo para los vendedores de estos alimentos.

“Los propietarios o encargados de los establecimientos en donde se vendan o suministren bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico, en ningún caso y de ninguna forma los venderán o suministrarán a menores de edad, ya que de hacerlo, se harán acreedores a las sanciones administrativas previstas en la presente Ley, y en lo no previsto, conforme a la Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el estado de Oaxaca”.

REPORTE ÍNDIGO