Paquete Fiscal 2020 busca recaudación de impuestos de vendedores por catálogos

También pretende aplicar ISR e IVA a plataformas digitales, así como el cobro de ISR a personas que reciban ingresos por la renta de viviendas y otros inmuebles… cv

El Gobierno Federal pretende elevar la cuota de impuestos a cigarros y refrescos, aplicar ISR e IVA a plataformas digitales, así como cobrar el ISR a las personas que reciban ingresos por la renta de viviendas y otros inmuebles, y a los vendedores de productos por catálogo, con el Paquete Fiscal 2020, que, de aprobarse por los legisladores, le pegarán al bolsillo de los consumidores en México.

Los consumidores de cigarrillos probablemente deban pagar más por el producto, porque empresas como Phillip Morris, dueños de la fabrica de Marlboro y delicados, deberá pagar una cuota del IEPS de casi 50 centavos por cigarro a partir del 2020. En lugar de los 35 centavos que actualmente pagan.

También los consumidores de refrescos verán incrementado el precio de la bebida, porque el gobierno propone una actualización de la cuota del IEPS que pagan las empresas, de 1.17 a 1.27 pesos por litro, cuita que también cambiará cada año.

El gobierno pretende también aplicar IVA e ISR a todos los servicios que se ofrezcan mediante plataformas digitales como Uber, Netflix y Airbnb, empresas que trasladaran probablemente la carga fiscal al consumidor final.

Los vendedores independientes de productos por catalogo de empresas como Avon y Price Shoes, deberán hacer pagos provisionales del ISR y definitivos de IVA y IEPS en su caso, así como expedir comprobantes a partir de enero.

Los anteriores planteamientos fueron hechos por la Secretaría de Hacienda el domingo, pero los legisladores serán los encargados de aprobar, modificar o eliminar las iniciativas que incluye la Ley de Ingresos de la Federación 2020 y la miscelánea fiscal del Gobierno Federal.

Los Diputados tienen hasta el 20 de octubre para aprobar la Ley de Ingresos, mientras los Senadores hasta el 31 de octubre, luego de ser aprobada por la Cámara de Diputados.

Los documentos deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación 20 días después de su aprobación.