Gobiernos podrán difundir logros de gobierno sin ser sancionados por el INE
Decreto pone fin a la veda electoral; entra en vigor una parte del plan B
El gobierno federal publicó el decreto por el que se reforma la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por el cual, los servidores públicos podrán difundir logros, programas y obras de sus gobiernos en procesos electorales sin ser sancionados.
El Ejecutivo federal publicó el decreto basado en el uso de la libertad de expresión y el ejercicio de las funciones públicas de los funcionarios, que también eran parte del llamado plan B de la reforma electoral.
Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público que realicen las personas servidoras públicas, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, difundida en cualquier formato de manera gratuita”, señala el decreto.
Desde el inicio de esta administración, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha rechazado atender las limitaciones impuestas por el INE y el Tribunal Electoral para que no manifieste los logros de su mandato durante procesos electorales. El mandatario federal ha señalado que se trata de su derecho a la libertad de expresión durante el pasado proceso electoral de 2021, 2022 y la revocación de mandato.
El decreto fue publicado ayer en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) para establecer los lineamientos para la contratación de campañas de comunicación.
Los lineamientos también prohíben contratar campañas de comunicación social a precios superiores a los que pagan anunciantes privados, además de que los entes públicos tomarán como referencia las tarifas registradas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
También establece que se deberán aplicar los recursos con economía y racionalidad presupuestaria, a través de una administración recta y prudente del erario, así como respeto irrestricto a los topes presupuestales establecidos para cada ejercicio fiscal.
Considera que el límite del gasto del Programa Anual de Comunicación Social, en su conjunto, no debe rebasar el 0.1% del Presupuesto de Egresos Anual correspondiente.