Vacaciones dignas, en abonos y negociables

Las vacaciones que buscaban atender la salud mental de los trabajadores establecen 6 días al hilo y el resto, podrá negociarse con el patron

La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados discutirá este martes la modificación a la minuta que le envió el Senado en materia de vacaciones dignas, con el fin de flexibilizar la forma en la que los trabajadores podrán tomar sus días de descanso.

Manuel Baldenebro, diputado morenista y presidente de la Comisión de Trabajo, publicó la convocatoria para que este martes se discuta el proyecto de decreto mediante el cual se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal de Trabajo.

La propuesta que se discutirá busca establecer que por lo menos seis de los 12 días de vacaciones pagadas a los que tendrán derecho las personas trabajadoras con más de un año de servicio deberán ser continuos; el resto podrán ser pactados con sus patrones.

La minuta enviada por la Cámara Alta señala que los 12 días de descanso deberán tomarse al hilo.

 

  Ayer circuló en redes sociales la propuesta de modificación a la minuta enviada por los senadores, que en su artículo 78 establece que "las personas trabajadoras deberán disfrutar en forma continua 12 días de vacaciones, por lo menos".

 

En la modificación propuesta por la comisión de diputados, el artículo  78 diría:  “Las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de seis días de vacaciones en forma continua, del total del periodo que le corresponde conforme a lo previsto en el Artículo 76 de esta Ley.

“En todo caso, las personas trabajadoras tendrán la potestad y el derecho de pactar con el patrón la forma y tiempos en el que disfrutarán los días de vacaciones que tengan a su favor, ya sea de forma continua o parcial", establece el proyecto.

De acuerdo con la propuesta, el artículo 76 quedaría tal como lo aprobó el Senado de la República, al establecer que las y los trabajadores con más de un año de servicio disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas que en ningún caso podrá ser inferior a 12 días laborales, lo que representa el doble de lo previsto actualmente por la ley.

“Serán 12 días como lo marca el artículo 76. Se expresa en el artículo 78 que el trabajador decidirá si quiere los 12 continuos o conforme a sus necesidades. En ningún momento esos 6 días están a decisión del patrón. Serán 12 días por derecho y obligación patronal otorgarlos”, dijo Baldenebro.

 

 El transitorio del proyecto aún considera que el decreto entre en vigor el 1 de enero de 2023. Sin embargo, de aprobarse la modificación planteada por los diputados primero en comisiones y luego en el pleno, la reforma tendría que volver al Senado y ser aprobada antes del 15 de diciembre.