La Cámara de Diputados aprobó cuatro leyes reglamentarias de la Guardia Nacional

Los remitió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.. ma

La Cámara de Diputados aprobó hoy los cuatro dictámenes a las minutas sobre las leyes reglamentarias de la Guardia Nacional, que reafirman el carácter civil de esta institución, establecen sus funciones y objetivos, protegen los derechos humanos, regulan el uso de la fuerza y crean el registro de detenciones, y los remitió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

 

Ley de la Guardia Nacional

 

Con 429 votos a favor y uno en contra, se avaló en lo general, el dictamen que expide la Ley de la Guardia Nacional. Establece el cauce del mandato constitucional por el que se crea una nueva institución de seguridad pública que tiene como característica fundamental salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienestar, derechos humanos de las personas, preservar el orden público y la paz social, así como los bienes y los recursos de la nación y colaborar con las entidades federativas y municipios en materia de seguridad. 

Se precisa que la Guardia Nacional dispondrá de las unidades especializadas que le sean necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones, las cuales adaptarán la organización que requieran para sus funciones. Estará integrada por las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y de Marina.

Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza 

Con 436 votos a favor y uno en contra se avaló en lo general, el dictamen a la minuta que expide la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza. Se estipula que se empleará en todo momento con pleno respeto a los derechos humanos y su impacto en las personas estará graduado de la siguiente manera: persuasión, restricción de desplazamiento, sujeción, inmovilización, incapacitación, lesión grave y muerte. 

Se considera como amenazas letales inminentes: la acción de apuntar con el cañón de un arma de fuego o una réplica en dirección a una persona; no soltar dichos instrumentos después de una advertencia clara; poner en riesgo la integridad física de una persona con un arma punzocortante, entre otras.

Ley Nacional del Registro de Detenciones 

El Pleno aprobó en lo general con 430 votos a favor y uno en contra, el dictamen a la minuta que expide la Ley Nacional del Registro de Detenciones, cuya intención es establecer un banco de datos actualizado con información que permita identificar y localizar a las personas, inmediatamente después a su detención. 

Se busca prevenir violaciones a los derechos humanos, en particular, actos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como la desaparición forzada. El Registro Nacional de Detenciones formará parte del Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública, y será una base que concentre la información en el ámbito nacional sobre las personas detenidas por la comisión o probable comisión de un hecho delictivo, una falta administrativa o de buen gobierno. 

El Registro no sólo será actualizado y armonizado permanentemente con otras bases para dar seguimiento a la localización física de las y los detenidos, sino estará interconectado para su consulta en tiempo real. El Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública será el órgano encargado de regular la operación del Registro.

Reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública 

Con 428 votos a favor y uno en contra se avaló en lo general, el dictamen a la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en donde se incluyen las bases para la formación policial: selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de instituciones de seguridad pública. 

Establece que la Guardia Nacional y los demás cuerpos policiacos deberán apegarse única y exclusivamente a la doctrina de carácter policial civil para el ejercicio de sus atribuciones. El agente de seguridad deberá regirse por el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al principio de legalidad y a la jerarquía de mando. 

Busca garantizar a la ciudadanía una policía social y facilitar que los integrantes tengan los conocimientos necesarios para la Certificación Única Policial. Crea el Sistema Nacional de Información en Seguridad Nacional, que estará a cargo de la Federación y consolidar una base compartida de datos criminalísticos y de personal de las instituciones de seguridad pública.

Fundamentación 

La presidenta de la Comisión de Seguridad Pública, diputada Juanita Guerra Mena (Morena), expresó que estas leyes son el primer paso de la ruptura del paradigma en el establecimiento de un nuevo y robustecido andamiaje legal que será base de todo trabajo institucional desde una perspectiva punitiva y de reinserción social. 

Se trata, dijo, de un conjunto de normas cuyo objetivo es regular el actuar tanto de la Guardia Nacional, que es la institución base, y de las políticas en materia de seguridad, como el de las demás autoridades encargadas del control social. “A partir de ahora, con la Ley de la Guardia Nacional, se contará con una de las normas orgánicas más completas y actualizadas que existe en el órgano jurídico nacional”.